OVIEDO, 22 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de Asturias ha emitido un nuevo auto en el que rebaja la pena a un condenado por un delito sexual, tras la entrada en vigor de la a ley orgánica de 6 de septiembre de garantía integral de la libertad sexual, popularmente conocida como la ley del ‘sólo sí es sí’.

En este caso, el hombre había sido condenado a ocho años de cárcel por un delito continuado de abuso sexual con acceso carnal cometido sobre una menor de 16 años. Su abogado pretendía que se redujese la pena a seis años de cárcel. Fiscalía pidió que no se modificase. Finalmente se ha revisado y la pena ha bajado a siete años y tres meses.

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La Audiencia Provincial ha aplicado el artículo del Código Penal que establece el carácter retroactivo de las leyes penales que favorezcan al reo, accediendo a revisar la sentencia.

“En el presente caso nos encontramos que tanto el mínimo como el máximo de la pena imponible con arreglo a la nueva regulación son inferiores a los respectivos mínimo y máximo previstos en la legislación vigente en la fecha de comisión de los hechos”, han explicado.

La sala ha acordado, por tanto, revisar la sentencia para fijar la pena correspondiente al delito continuado de abuso sexual sobre menor de dieciséis años en siete años y tres meses de prisión. También se modifica la prohibición de aproximación y comunicación con la víctima, reduciendo su duración a nueve años y tres meses.

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