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La Fiscalía solicita el archivo de la causa penal por el derrumbe del techo del colegio San Vicente de Paúl

Inspección de Trabajo achaca el accidente a un fallo estructural, y por tanto ajeno a la empresa

GIJÓN, 14 (EUROPA PRESS)

La Fiscalía de Área de Gijón ha solicitado al Juzgado de Instrucción número 4 de Gijón el sobreseimiento provisional y archivo de las diligencias previas incoadas tras el derrumbe ocurrido, el pasado 5 de enero, en el colegio San Vicente de Paúl, con reserva de acciones civiles a los perjudicados.

El Ministerio Público, en una nota de prensa, explica que no se aprecia responsabilidad penal en persona alguna de la empresa donde prestaban sus servicios los trabajadores afectados.

A este respecto, en el accidente laboral murieron dos obreros y otros dos más resultaron heridos. Los trabajadores realizaban trabajos de acondicionamiento del falso techo en un aula de la tercera planta en el colegio San Vicente de Paúl, en la calle Caridad de Gijón.

En concreto, se trataba de la sustitución de un falso techo original de escayola, en el que habían aparecido grietas, por otro de placas de yeso laminado (pladur) que se sujetaban mediante varillas roscadas introducidas en la bovedilla del forjado superior.

En el transcurso de la obra, el forjado comenzó a vibrar y, en pocos segundos, se desplomó sobre el aula en la que trabajaban los operarios, ocasionando la muerte de los dos obreros y heridas a tros dos.

Según el estudio encargado por la entidad usufructuaria del inmueble y de la actividad docente desarrollada en el mismo, el origen del colapso del tramo del forjado fue la rotura de las armaduras de pretensado de varias viguetas debido a la corrosión por filtraciones de agua del tramo de cubierta plana existente sobre el forjado.

La Inspección de Trabajo consideró, en el informe aportado al Juzgado, que las causas del derrumbe por fallo estructural fueron ajenas al comportamiento de la empresa donde prestaban servicios los trabajadores accidentados y, por lo tanto, no susceptibles de responsabilidad administrativa en el orden social, y que desde el punto de vista de la normativa de prevención de riesgos laborales, la empresa cumplió con las obligaciones que contienen el deber de seguridad, no pudiendo prever un riesgo de derrumbe que le era desconocido.

Tras la petición de la Fiscalía, será ahora el Juzgado el que dictará el correspondiente auto al respecto.

Redacción

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