OVIEDO, 13 (EUROPA PRESS)

El ‘Informe Anual 2022’ del Defensor del Pueblo recoge una recomendación realizada a la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial del Gobierno asturiano relativa al mantenimiento de la continuidad de los censos que se vienen realizando anualmente de las poblaciones de cormorán grande.

Así se pronuncia ante el argumento de la Administración regional después de una queja recibida tras la validación de un juez de un informe sobre el impacto del cormorán sobre la trucha común y salmónidos en general, hecho que se ve agravado por la selectividad que los cormoranes presentan por las truchas en edad reproductora, periodo que coincide con la invernada del cormorán.

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También recomienda el Defensor del Pueblo que mejore el conocimiento de otras causas que influyen en la pérdida de salmónidos y que tenga en consideración los estudios que, con arreglo a criterios científicos, le suministren las asociaciones constituidas para la protección de las aves sobre la evolución de la citada especie.

En otro orden de cosas, el Defensor del Pueblo recuerda al Principado que sí es preciso proporcionar, publicar o remitir datos sobre el control de poblaciones de aves no catalogadas o incluidas en el listado.

Explica que la ley regula el derecho de acceso a la información en materia de medio ambiente (LAIA), incluye entre la información que debe proporcionarse por la Administración aquella que atañe la diversidad biológica y sus componentes, es decir, a la variabilidad de los organismos vivos, que incluye la diversidad entre las especies y dentro de cada especie.

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“Obviamente, según esta definición, forman parte de la diversidad biológica las especies de aves no catalogadas o no incluidas en el listado. Por el hecho de que una especie de fauna salvaje sea abundante y no esté ‘catalogada’, no deja de ser ni organismo vivo, ni fauna salvaje ni, por tanto, expresión de la diversidad biológica que las normas protegen y sobre la que estas establecen un deber de informar”, señala.

Así, concluye que cuando esa consejería reciba una solicitud de información sobre el control de poblaciones de especies de fauna silvestre, estén o no catalogas, debe suministrar los datos que obren en su poder.

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