OVIEDO, 22 (EUROPA PRESS)

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo ha estimado la solicitud de revisión de la pena impuesta en la sentencia en fecha 3 de enero de 2022 tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre de garantía integral de la libertad sexual y ha rebajado de 6 a 4 años la pena de prisión para un acusado de agresión sexual, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA).

El fallo sostiene que resulta procedente la revisión de la pena impuesta, pues el penado fue condenado como responsable de un delito de violación con penetración, previsto y penado en el art. 179 del Código Penal sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, a la pena privativa de libertad de 6 años de prisión, extendiéndose el marco punitivo imponible en aquella fecha de los 6 a los 12 años de prisión.

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Conforme a la nueva regulación, los hechos habrían de subsumirse en el mismo precepto del Código Penal que prevé pena de 4 a 12 años de prisión, siendo por ello el mínimo de la pena con la nueva regulación inferior en dos años, por lo que procede la revisión interesada, fijando la pena en la mínima prevista de cuatro años de prisión como interesa la defensa.

Del mismo modo y en coherencia con lo resuelto resulta procedente reducir la duración de las prohibiciones de aproximación y comunicación impuestas, fijándola en cinco años en lugar de los 7 impuestos. La sustitución de la ejecución del resto de la pena por la expulsión del penado del territorio español, cuando acceda al tercer grado de tratamiento o se le conceda la libertad condicional, sin que pueda regresar a España en un plazo de 6 años, se mantiene, no procediendo la revisión.

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