OVIEDO, 11 (EUROPA PRESS)

La Fiscalía del Principado de Asturias solicita 12 años de prisión, alejamiento durante 15 y 10 de libertad vigilada para un procesado por abusar sexualmente de forma continuada de la hija de su pareja, desde que la menor tenía 12 años. La vista oral se celebró este miércoles a puerta cerrada en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo, y quedó vista para sentencia.

El Ministerio Fiscal sostiene que la víctima, nacida en el 2000, convivió en compañía de su madre y de la pareja sentimental de esta entre septiembre de 2012 y diciembre de 2015, primero fuera de Asturias (hasta noviembre de 2013), después en Oviedo (noviembre 2013-marzo 2014) y luego en Avilés (a partir de esa fecha y hasta diciembre de 2015).

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Desde el inicio de la convivencia, el procesado, que no ejercía ninguna actividad laboral, se mostró amable con la menor y compartía con ella tiempo de ocio. De este modo, a finales de septiembre de 2012, aprovechando la situación de vulnerabilidad de la niña, que acababa de cumplir 12 años, el cariño que esta le profesaba y la ausencia de la figura paterna, consiguió que la menor consintiera acercamientos de contenido sexual.

El primer contacto sexual tuvo lugar a finales de septiembre de 2012. Cuando el procesado estaba tumbado en el sofá del domicilio, le dijo a la niña que se echara a su lado y comenzó a hacerle tocamientos sobre la ropa. En otras ocasiones, aprovechaba el momento en que veían juntos una película para colocarse encima de ella, bajarse los pantalones, masturbarse y eyacular sobre ella.

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A medida que pasaba el tiempo, los hechos ocurrían con más frecuencia, favorecidos porque la madre de la menor y compañera sentimental del procesado pasaba muchas horas fuera de casa, trabajando. Así, desde finales de 2012 hasta diciembre de 2015, el procesado mantuvo relaciones sexuales completas con la menor en numerosas ocasiones, de forma repetida y con una frecuencia de dos o tres veces por semana.

La víctima formuló denuncia por estos hechos en mayo de 2020.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito continuado de abuso sexual con penetración y solicita que se condene al procesado a 12 años de prisión, inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena y prohibición de aproximación y de comunicación por cualquier medio con la víctima durante 15 años. Añade la prohibición de aproximación impide al procesado acercarse a menos de 300 metros a la víctima, su domicilio, lugar de estudio o trabajo y cualquier otro que sea frecuentado por ella.

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Además, la medida de libertad vigilada durante 10 años, cuyo contenido se determinará, e inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores durante 16 años.

En concepto de responsabilidad civil, el procesado deberá indemnizarla con 30.000 euros por el daño moral sufrido, más los intereses legales correspondientes.


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