OVIEDO/GIJÓN, 11 (EUROPA PRESS)

Un acusado de abusar sexualmente de la hija de su pareja, menor de edad, reconoció este jueves los hechos que le atribuía la Fiscalía de Área de Gijón y asumió una condena de 3 años y 6 meses de prisión y 6 años de libertad vigilada. La vista oral estaba señalada para este jueves en la Sección Octava de la Audiencia Provincial, con sede en Gijón.

Según informa Fiscalía, el acusado, nacido en Ecuador, en 1975, mantenía una relación sentimental con convivencia con una mujer, que tenía una hija nacida en 2006, fruto de una relación anterior. El Ministerio Fiscal sostiene que, en momentos no determinados peroen todo caso entre agosto de 2020 y agosto de 2021, en el domicilio familiar, ubicado en Gijón, el acusado buscaba acercarse a la menor, a la que besaba en los labios y pechos, pese a su negativa, y sin que mediase violencia o intimidación.

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Igualmente, al menos en dos ocasiones, el acusado tocó losglúteos y la vagina de la menor, sin que se produjera penetración.A consecuencia de estos hechos, la menor presenta diversos factores de vulnerabilidad referidos al contexto familiar, educativo, social y personal, con baja autoestima y dificultades en la regulación de sus emociones, con sintomatología postraumática, agudización de síntomas previos, incluidos crisis de llanto y conductas autolíticas y de intento de suicidio.

En septiembre de 2021, el Juzgado de Instrucción número 1 de Gijón adoptó como medida cautelar la prohibición de acercarse a menos de 200 metros a la menor, a su domicilio, centro escolar o cualquier otro frecuentado por ella, así como comunicar con la misma por cualquier medio, directo o indirecto.

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Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años. Se apreció la atenuante de toxicomanía.

Tras reconocer los hechos, el acusado aceptó una condena de 3 años y 6 meses de prisión y libertad vigilada durante 6 años, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad y con cumplimiento de las siguientes medidas: prohibición de aproximarse a la menor a menos de 500 metros, así como prohibición de comunicación con la misma por cualquier medio; prohibición de desempeñar actividades que ofrezcan o faciliten la ocasión para cometer hechos delictivos de similar naturaleza y la obligación de participar en programas formativos, laborales, culturales, de educación sexual u otros similares.

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En concepto de responsabilidad civil, el acusado indemnizará a la víctima, en la persona de su madre como representante legal, con 4.000 euros por los perjuicios morales sufridos, más los intereses legales correspondientes.


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